Naturalizacion por Matrimonio

CIUDADANIA ITALIANA POR MATRIMONIO (“IURE MATRIMONII”)

DOCUMENTACION




1. Caso A (mujer extranjera casada antes del de 27 de abril de 1983 con un ciudadano italiano, nacido en Italia o en el extranjero):

· documentación que compruebe que el marido era ciudadano italiano en el momento del matrimonio (la demostración puede ser brindada con la documentación que ya esté en poder del Consulado; en este caso el Consulado puede requerir otra documentación si así fuere necesario);

· acta de matrimonio traducida al italiano (si ya no está en poder del Consulado o no está asentada en una Comuna italiana); es necesaria la partida respectiva (fotocopia del libro de actas certificada por el registro civil), no es suficiente el certificado de matrimonio o la libreta de familia;

· acta de nacimiento de la solicitante traducida al italiano; es necesaria la partida respectiva (fotocopia del libro de actas certificada por el registro civil), no es suficiente un certificado de nacimiento;

· acta de fallecimiento del marido y/o sentencia de divorcio, si corresponde (para los requisitos de la sentencia ver capítulo 8).

En este caso los documentos no vencen y la solicitud queda exenta de aranceles consulares. No es necesario turno previo, si el marido ya fue reconocido ciudadano italiano o nació en Italia.



2. Caso B (mujeres extranjeras casadas a partir de 27 de abril de 1983 con un ciudadano italiano, nacido en Italia o en el extranjero, y varones extranjeros casados en cualquier fecha con una ciudadana italiana, nacida en Italia o en el extranjero


IMPORTANTE LA SOLICITUD DE NATURALIZACIÓN POR MATRIMONIO PUEDE SER PRESENTADA SIEMPRE QUE NO E HUBIERA OCURRIDO LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO CONYUGAL, ANULACIÓN DEL MISMO, SEPARACIÓN, DIVORCIO O MUERTE DEL CONYUGE. EN TODO CASO EL EXPEDIENTE FAMILIAR OBRANTE EN NUESTRO ARCHIVO DEBERÁ ENCONTRARSE COMPLETO.
- “Estratto per riassunto dell’atto di matrimonio”: es una certificación emitida por la Comuna Italiana de origen. Se pide por correo directamente a la Comuna correspondiente, pudiendo utilizarse la carta predispuesta que brinda el Consulado y que se encuentra disponible en el sitio web (FORMULARIOS – SOLICITUD CERTIFICADO DE MATRIMONIO A UNA COMUNA ITALIANA) y en la ventanilla de ciudadanía. (Se sugiere NO comenzar a tramitar el resto de la documentación hasta tanto no se haya recibido por correo el certificado de la Comuna).
- VALIDEZ: 6 meses -


- Acta de nacimiento del solicitante, emitida por el Registro Civil, en original y con traducción por traductor jurado o público.
- VALIDEZ: 6 meses -


- Acta de matrimonio, emitida por el Registro Civil, en original, sin traducción.
- VALIDEZ: 2 meses -


- Certificado de antecedentes penales, emitido por la “Policía Federal” o el “Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación”, legalizado por el “Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto”, y con traducción por traductor jurado o publico. Si el interesado a partir de los 18 años hubiese residido durante un año o más en otros países, deberá presentar también el certificado de antecedentes penales de los mismos. Mientras que si el solicitante no fuera ciudadano argentino, deberá también presentar el certificado de antecedentes penales de su país.
- VALIDEZ: 6 meses -


- DNI o Cédula MERCOSUR VIGENTE (menos de 10 años) original con la relativa fotocopia. Deberá constar el domicilio actual, declarado en el formulario correspondiente.


- Comprobante de transferencia de €200, a realizarse de Banco argentino a Banco Italiano. Los datos que los interesados deberán utilizar para el depósito son:

- cuenta corriente postal a nombre del “Ministero dell’Interno D.L.C.I. – Cittadinanza”
- motivo de la transferencia (Nombre, Apellido, “Naturalizzazione per matrimonio”)
- Código IBAN relativo a dicha c/c: IT54D0760103200000000809020
- Código BIC/SWIFT de "Poste Italiane" : BPPIITRRXXX
- Código en caso de operaciones Eurogiro: PIBPITRA

-Se recuerda que además de la suma citada precedentemente, deberán ser abonados, al momento de presentar la solicitud, los aranceles consulares correspondientes.


un vez terminado el tramite si tiene que Jurar
esta es la frase:
GIURO DI ESSERE FEDELE ALLA REPUBBLICA ITALIANA E DI OSSERVARE LA COSTITUZIONE E LE LEGGI DELLO STATO